España ha consolidado en este 2025 uno de los marcos normativos más ambiciosos de Europa en materia de bienestar animal. Con la implementación plena de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, conocida como la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, el país ha redefinido radicalmente cómo los ciudadanos adquieren a sus compañeros de vida. El cambio más visible y profundo ha sido la desaparición de los animales de las vitrinas comerciales, marcando el fin de una era en el comercio minorista.
El fin del «escaparatismo» y las especies prohibidas
Desde finales de 2024, tras una moratoria de un año, entró plenamente en vigor la prohibición de comercializar perros, gatos y hurones en tiendas de mascotas. La normativa busca atacar tres problemas fundamentales: la compra impulsiva fomentada por la exhibición visual, los riesgos sanitarios de mantener cachorros en espacios reducidos y el apoyo indirecto a la cría ilegal.
Bajo el nuevo régimen, estos animales ya no pueden estar físicamente en los establecimientos comerciales. Las tiendas que deseen facilitar la adquisición deben hacerlo a través de catálogos o medios similares que no requieran la presencia física del animal en el local. Esta medida ha transformado el modelo de negocio hacia la venta de accesorios, alimentación especializada y servicios de cuidado.
Solo criadores registrados y adopción supervisada
La ley establece canales estrictos para la llegada de un animal al hogar. Actualmente, solo existen dos vías legales en España para obtener un perro, gato o hurón:
- Criadores Profesionales: La venta solo puede realizarse directamente desde personas inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. El animal debe entregarse con un contrato oficial, identificado mediante microchip, desparasitado y con las vacunas obligatorias al día.
- Entidades de Protección (Adopción): Se prioriza la adopción a través de centros registrados. Aunque la adopción es gratuita, el centro puede cobrar al tutor los gastos de identificación, esterilización y tratamientos médicos previos.
Además, la ley ha cerrado el cerco sobre el comercio digital: la venta directa por internet está terminantemente prohibida. Cualquier anuncio en redes sociales o portales especializados debe incluir obligatoriamente el número de registro del criador o del núcleo zoológico y el número de identificación individual de la mascota.
¿Qué animales permanecen en las tiendas?
A pesar de las restricciones para mamíferos mayores, las tiendas pueden mantener a la vista para su venta a peces, roedores, conejos y aves criadas en cautividad. Sin embargo, la permanencia de estas especies está sujeta a rigurosos requisitos de espacio y a la presencia obligatoria de personal veterinario para atenderlos, incluso cuando el centro está cerrado al público.
En comunidades como Aragón, las sanciones por incumplir estas normas de bienestar o por maltrato físico pueden alcanzar los 50,000 euros. A nivel nacional, las multas por infracciones muy graves o fraudes de ley pueden llegar hasta los 200,000 euros.
El impacto en la salud pública y la ética social
El desarrollo reglamentario de la ley en 2025 también exige una revisión veterinaria anual obligatoria para perros, gatos y hurones. Este enfoque integral no solo busca proteger al animal, sino profesionalizar el sector y garantizar que cada vida sea rastreable desde su nacimiento hasta su entrega final. Según expertos del sector, este modelo español está generando un efecto dominó que previsiblemente afectará la legislación de otros países de la Unión Europea y Latinoamérica.